Ana Lucía Daza Ferrer

La relación entre la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) y la Economía Circular (EC) es estrecha, tanto así, que es común que se confundan los términos y se considere que las iniciativas de REP necesariamente son modelos de EC. Si bien las estrategias de REP deberían estar siempre alineadas con la EC, en la práctica esto no necesariamente es así y existen esquemas posconsumo que continúan perpetuando los modelos lineales. Sin embargo, se debe destacar que la REP se ha implementado exitosamente en diferentes lugares del mundo en las últimas décadas, incluyendo Colombia y es crucial en la transición hacia la circularidad. 

 

Para definir la Responsabilidad Extendida del Productor o Responsabilidad Ampliada del Productor, es necesario entender los elementos que se encuentran en este concepto. Primero la responsabilidad, que de acuerdo con la RAE se puede definir como la “cualidad de responsable” y que hace referencia a aquel que está “obligado a responder de algo o alguien”. Así mismo, la responsabilidad se entiende como una “obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otra persona, a consecuencia de un delito, de una culpa o de otra causa legal”. Entendiendo esto, la REP se constituye como una obligación legal que tienen los productores de responder por los residuos de sus productos. Este es el primer elemento que se debe analizar, puesto que la REP no es opcional, como sí lo es hasta el momento la EC, y por ende puede ser un punto de partida en la transición hacia circularidad, incentivando a los productores a empezar por lo que es obligatorio y de ahí ir más allá buscando opciones de circularidad para los residuos sobre los cuáles deben responder ante las autoridades.

Adicionalmente, al hablar de la extensión de la responsabilidad que tienen los productores, al igual que en la EC, se contemplan las diferentes etapas del ciclo de vida de un producto, ya que como lo define la OCDE, la REP es “un enfoque de política ambiental en el cual la responsabilidad del productor por un producto se extiende hasta el fin del ciclo de vida del producto. Se caracteriza por la transferencia de responsabilidad (física y/o económica, completa o parcial) hacia el productor y el suministro de incentivos a los productores para que tengan en cuenta consideraciones ambientales desde la etapa del diseño del producto”. Así mismo, en Colombia, se define como “el deber que tiene el productor a lo largo de las diferentes etapas del ciclo de vida del producto” (Ley 1672 de 2013) siendo un “instrumento que obliga a los fabricantes e importadores de ciertos productos de consumo masivo, a organizar, desarrollar y financiar la gestión integral de los residuos derivados de sus productos, una vez el consumidor final los desecha” (Minambiente, 2017).

Desde esta última definición de la REP, se puede entender el tercer elemento clave del concepto: el productor, actor central de la regulación. Es común cuestionarse ¿quién es el productor?, ¿quiénes son en realidad los que deben asumir esa responsabilidad extendida?. En el contexto de la REP, los productores son todas aquellas personas (naturales o jurídicas) que fabriquen o importen productos que se encuentran regulados, como por ejemplo las pilas, las llantas o los envases y empaques. Esto quiere decir que el productor es quien pone el producto en el mercado. Aquí es importante entender que, sin bien la obligación principal de acuerdo con la legislación es del productor, no se debe confundir Responsabilidad Extendida del Productor con Responsabilidad Exclusiva del Productor, ya que al igual que en la EC, estos modelos implican participación y obligaciones para todos los actores de la cadena incluyendo, distribuidores, comercializadores, gestores de residuos, consumidores finales y autoridades, entre otros. Es indispensable para que los esquemas de REP funcionen, que cada actor de la cadena identifique su rol y participe activamente en el proceso, más aún si se pretende que estos modelos se encaminen hacia la circularidad. De nada sirve contar con esquemas de REP si el consumidor final no conoce y cumple su responsabilidad de separar los residuos y entregarlos en las condiciones y lugares establecidos. Así mismo, es indispensable que el consumidor en el momento del descarte, sepa con claridad qué hacer y de ahí en adelante se activan todos los procesos necesarios para lograr que los residuos lleguen a los destinos adecuados para su posterior tratamiento, aprovechamiento y disposición final. Entendiendo esto, para que la REP pueda contribuir a la transición hacia modelos circulares, se deben buscar alternativas de aprovechamiento para todos los residuos de los productos regulados que aumenten la vida útil de los materiales. Adicionalmente, los productores deben implementar estrategias que permitan contribuir a la circularidad desde la etapa del diseño de los productos y el resto de actores en la cadena debemos cumplir con nuestra responsabilidad asumiendo un rol más activo.

En Colombia, desde hace más de una década se han regulado diferentes corrientes de residuos bajo modelos de REP y con éstos se pretende manejar adecuadamente los residuos, reducir la contaminación, aumentar el aprovechamiento en el país y contribuir en el camino hacia la Economía Circular. 

A continuación, las corrientes reguladas de REP en Colombia y algunos de los programas existentes: 

CORRIENTE
NORMA PROGRAMA LINK
Resolución 693 de 2007 

Corporación Campo Limpio

Cierra el ciclo

 

https://campolimpio.org/

https://cierraelciclo.com

 

Resolución 371 de 2009  Corporación Punto Azu

 

https://www.puntoazul.com.co/

 

Resolución 372 de 2009 

Resolución 1297 de 2010 

Resolución 2246 de 2017

Recoenergy 

Recopila

Pilas c0n el ambiente 

https://recoenergy.com.co/

https://recoenergy.com.co/

https://www.pilascolombia.com/

Resolución 1511 de 2010 Lúmina

 

https://lumina.com.co/

 

Resolución 1512 de 2010

EcoCómputo

Click on Green

 

https://www.ecocomputo.com/

https://www.clickongreen.com/

 

Resolución 1326 de 2017 
Rueda Verde

 

https://www.ruedaverde.com.co

 

Decreto 284 de 2018  Red Verde

 

https://www.redverde.co/

 

Resolución 1407 de 2018 

Resolución 1342 de 2020

Visión 3030

 

http://www.andi.com.co

 

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